Proyecto C.A.S.A. Utuado

Centro de Ayuda Sustentable al Alumno

PORTAFOLIO

Ley Orgánica del Departamento de Educación Pública de Puerto Rico de 1999


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Enmiendas integradas hasta el 25 de junio de 2002

P. del S. 1736) (Conferencia) Ley 149 1999

Ley Núm. 149 del 30 de junio de 1999
Para establecer una nueva “Ley Orgánica para el Departamento de Educación Pública de Puerto Rico”; establecer la política pública de Puerto Rico en el área educativa; crear un sistema de Educación Pública basado en escuelas de la comunidad con autonomía académica, fiscal y administrativa; disponer sobre el gobierno de esas escuelas y su integración en un sistema educativo; establecer los derechos y obligaciones de los estudiantes y el personal docente y no docente de las escuelas; definir las funciones del Secretario de Educación; las del Director y las del Facilitador; autorizar al Secretario de Educación a formular e implantar reglamentos para el gobierno del Sistema de Educación Pública; eximir al Departamento de Educación y a las escuelas de ciertas leyes; derogar la Ley Núm. 18 de 16 de junio de 1993, según enmendada, conocida como “Ley para el Desarrollo de las Escuelas de la Comunidad”, y la Ley Núm. 68 de 28 de agosto de 1990, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Educación del Estado Libre Asociado”, y el Artículo 23, de la Ley Núm. 230 de 12 de mayo de 1942.

EXPOSICION DE MOTIVOS
La escuela pública ha sido agente principal de cambio y movilidad social en Puerto Rico. Su diseño, descansa sobre tres principios esenciales: educación laica, gratuita y universal. La escuela reúne estudiantes de ambos sexos en sus aulas y organiza su matrícula por grados y niveles de enseñanza. El sistema de Educación Pública se implantó mediante órdenes del Gobierno Militar en el 1899 y tuvo su primera Ley Orgánica en el 1901 bajo el régimen de la Ley Foraker.

Durante los siglos de dominación española la educación no fue, como regla general, un área de gestión gubernamental. La enseñanza se impartía aquí, al igual que en Europa, a través de escuelas religiosas o privadas o se proveía por tutores a hijos de familias acomodadas.

No fue hasta el 1865 que se organizó en la Isla un Sistema de Educación Pública por decreto del Gobernador. La Orden estructuró los programas de enseñanza, estableció los requisitos para ejercer el magisterio y asignó a los municipios la obligación de sostener las escuelas.

Las escuelas públicas que se establecieron entonces operaban por lo general en la casa del maestro y agrupaban entre quince y treinta niños de un mismo sexo. Su pedagogía, rudimentaria por la impreparación de los maestros, consistía en memorizar cartillas y aprender las respuestas que éstas prescribían para preguntas que el alumno debía contestar al completar los cursos. La memorización se conseguía mediante la repetición en alta voz y a coro.

La Orden de 1865 dispuso la enseñanza obligatoria para todos los niños y niñas de seis a nueve años. Se trataba, desde luego, de un utópico propósito. La falta de maestros y de escuelas; la existencia de una ruralía dispersa e incomunicada; la indisposición a establecer escuelas para niñas; y la debilidad de un erario insular con un sesenta (60) por ciento de sus recursos comprometidos en presupuestos militares y eclesiásticos no permitieron hacer avances significativos hacia la educación universal pautada en la Orden del Gobernador. En efecto, el cambio de soberanía sorprendió a Puerto Rico con un ochenta y seis (86) por ciento de sus niños sin escuelas y con casi un noventa (90) por ciento de su población analfabeta.

El panorama educativo de Puerto Rico comenzó a cambiar a partir de 1899 cuando el Gobierno Insular le confirió a la educación el carácter de gestión prioritaria. En de Instrucción, creado en 1900, comenzó a implantar un vigoroso plan de construcción de escuelas y a profesionalizar el magisterio a través de la Universidad de Puerto Rico, fundada en 1903. Asimismo, a fin de proveer educación a la mujer, se dispuso que todas las escuelas del sistema se abriesen a las niñas.

Los medios para sufragar el plan los aportó el propio Gobierno Insular. Desaparecida la obligación gubernamental con los presupuestos militares y eclesiásticos, el erario se vió libre de gastos de que en tiempos de España habían consumido mucho más de la mitad de las rentas del Tesoro. Los recursos así liberados, sumados a los que el Gobierno Federal remitía por concepto de aduanas y de arbitrios pagados por productos de Puerto Rico al entrar al mercado americano, permitieron llevar la escuela a los rincones más apartados de la Isla. Con ello se realizó el propósito de abrir las puertas del conocimiento a todos los sectores de nuestra población.

Han sido significativos los progresos de Puerto Rico en el área de la educación a lo largo del presente siglo. Al concluir su primera mitad, un sesenta y cinco (65) por ciento de los niños en edad escolar impartían la enseñanza; cinco mil (5,000) salones se habían construido y equipado; no quedaba un sólo barrio sin escuela; y el gobierno invertía alrededor de un treinta (30) por ciento de su presupuesto en el área de la educación. Ese afán, sostenido durante cincuenta (50) años, empujó hasta el setenta (70) por ciento el índice de literacia de la Isla. Para la década de los '80, dicho índice se desplazaría hasta el noventa (90) por ciento y la proporción de niños en la escuela rebasaría el nivel del ochenta (80) por ciento del total de niños en edad escolar. Tan ingente labor de la escuela pública convirtió a Puerto Rico en una de las áreas de mayor desarrollo educativo en el mundo.

Durante esos mismos años, se registraron cambios fundamentales en la sociedad puertorriqueña. La escuela pública y la universidad enriquecieron nuestro banco de talento, o sea, las reservas de conocimiento científico y de destrezas técnicas y profesionales disponibles, y permitieron desarrollar actividades que cambiaron el perfil de Puerto Rico. Sin esa aportación del Sistema de Educación Pública y de la universidad, Puerto Rico estaría trabado todavía en las estructuras patriarcales de la sociedad tradicional, sin energías para hacer la transición al pluralismo democrático.

En los años siguientes a la Segunda Guerra Mundial, comenzaron a escucharse repetidas críticas al Sistema de Educación Pública de Puerto Rico. El blanco de las impugnaciones era, por lo general, la calidad de la enseñanza que, según se alegaba, había sido sacrificada en aras de la educación de masas. El blanco de los señalamientos era también la estructura centralizada del Departamento de Instrucción Pública, la insensibilidad burocrática de sus funcionarios y la falta de iniciativas de las escuelas y del magisterio.

En el 1961, el Consejo Superior de Enseñanza publicó su abarcador estudio del sistema educativo, realizado a solicitud de la Comisión de Instrucción Pública de la Cámara de Representantes. El mismo fundamentó las al Sistema y, analizando resultados de las pruebas de admisión a la universidad, concluyó que entre 1948 y 1959 los índices de aprovechamiento de los egresados de la escuela pública habían descendido significativamente.

El estudio del Consejo Superior de Enseñanza dio aliento a reformas en el Sistema de Educación Pública. En ánimo de descentralizar el Departamento, se estableció la región educativa y, a fin de realzar la calidad de la enseñanza, se redoblaron los esfuerzos para eliminar la doble matrícula y se ensayaron programas de estudios especiales para alumnos de alto rendimiento académico. Algunos de esos programas, aunque tuvieron éxito, no se institucionalizaron como ofrecimientos regulares de la escuela y desaparecieron al cesar en su cargo el Secretario que los implantó.

Hacia la década de 1970, se comenzó a proponer, con insistencia, la reevaluación del Sistema Educativo de Puerto Rico con miras a una reforma total. A ese efecto, la Ley Núm. 17 de 9 de agosto de 1974 estableció una Comisión sobre Reforma Educativa. En junio de 1977, la Comisión presentó su informe acompañado de un anteproyecto de ley para establecer el "Departamento de Educación y Cultura de Puerto Rico". La idea era crear un complejo sistema institucional donde el Departamento de Educación, la Universidad de Puerto Rico y el Instituto de Cultura Puertorriqueña se integrarían bajo una misma "sombrilla".

Ningún efecto tuvo aquel Informe. Mientras tanto, las insatisfacciones con el funcionamiento del sistema educativo se seguían escuchando. Su foco no variaba, a saber: el centralismo y el exceso burocrático del Departamento, la falta de iniciativas en las escuelas, la pobreza de los ofrecimientos y el bajo nivel de aprovechamiento de los estudiantes. El deterioro del sistema era evidente. Estudios realizados por el propio Departamento a partir de 1978 dibujaban un cuadro desolador: sobre un setenta y cinco (75) por ciento de los alumnos de escuela superior y más de la mitad de los de la intermedia carecían de las destrezas correspondientes a sus años de instrucción.

Con ese panorama de trasfondo, se estableció, por mandato legislativo, la Comisión Conjunta para la Reforma Educativa Integral en 1985. Después de cinco (5) años de estudios y deliberaciones, la Comisión sometió su Informe junto con un proyecto de ley para reestructurar el sistema educativo de Puerto Rico. No se trataba, sin embargo, de un proyecto de reforma educativa, sino del diseño de una nueva Ley Orgánica para el Departamento. Este se convirtió en la Ley Núm. 68 de 28 de agosto de 1990.

La nueva Ley mantuvo la estructura centralizada del Departamento de Educación, pero deslindó con mayor precisión las facultades y responsabilidades de los funcionarios y los componentes del Sistema. Además, aunque dejó las escuelas subordinadas a la jurisdicción del distrito escolar y a la autoridad de los superintendentes, reconoció la necesidad de dotarlas de autonomía ... algún día.

El Gobierno de Puerto Rico, apoyado en el mandato electoral, ha estado promoviendo desde 1993 la tan esperada Reforma Integral del Sistema de Educación Pública. Cuatro (4) ideas discurren a lo largo de la misma:

a. El estudiante es el centro de la gestión educativa y los demás componentes de la escuela son facilitadores.

b. La educación es un proceso continuo que se inicia antes de que el niño alcance la edad escolar y se desarrolla durante toda la vida.

c. En un mundo donde el conocimiento cambia aceleradamente, educar significa desarrollar destrezas para llegar al conocimiento por uno mismo y hacer consciente al estudiante del poder que puede ejercer sobre su vida. d. La escuela debe realzar la valía de la responsabilidad individual y debe proponerse a ampliar el ámbito de autonomía de sus componentes.
Estándares de Excelencia para el Uso Efectivo de la Información
Etiquetas:BibliotecasEscuelasTecnología e InformáticaVersión para impresora
Versión en PDF. La multiplicación de la información y el desarrollo de la tecnología de la computadora aplicada a todos los aspectos de la vida del ser humano hacen imperante proveer nuevos y mejores servicios bibliotecarios que suplan la demanda de acceso a la información en forma rápida y pertinente.

El Programa de Servicios Bibliotecarios y de Información tiene como una de sus responsabilidades principales proveer al individuo unas experiencias educativas que le permitan desarrollar las destrezas esenciales para convertirse en un usuario efectivo de la información, en un aprendiz de por vida y un miembro activo de las comunidades de aprendizaje. El individuo que ha desarrollado las destrezas de información estará en mejor posición para convertirse en un ciudadano productivo, desempeñándose con éxito en el mundo del trabajo y contribuyendo más efectivamente a mejorar la calidad de vida de la sociedad en que vive.



ESTANDARES DE EXCELENCIA

Con este objetivo, el Programa de Servicios Bibliotecarios y de Información , presenta los Estándares de Excelencia para el Uso Efectivo de la Información (ver anejo al pie de este artículo). Los mismos se implantarán en todas las escuelas. La aplicación de estos estándares es responsabilidad de todos los maestros del Sistema, incluyendo al maestro bibliotecario, ya que las destrezas en el uso efectivo de la información no son del dominio exclusivo de la biblioteca. El éxito del alcance de éstos dependerá de su integración con el currículo, por lo que se desarrollarán dentro del contexto de todas las áreas académicas. Sólo de esta forma, su ejecución será pertinente y se dará en un entorno auténtico para el estudiante. El bibliotecario público tiene también la responsabiliad de aplicar estos estándares en forma individualizada con sus clientes y en actividades grupales cuando se realizan en coordinación con las escuelas.

Documentos de descarga:

■Memorando del Informe de logros año escolar 2009
■Formulario del Informe de logros del Programa de Bibliotecas (excel)
■Guía para la redacción de propuestas para solicitar fondos estatales ( Ley 86)
■Formulario para propuestas de fondos estatales
■Guía para la redacción de propuestas para solicitar fondos federales consignados por la ley "Library Services and Technology Act" (Ley Pública 104-208 de los Estados Unidos)
■Formulario para propuestas de fondos federales